Gustavo Lopez abril 18, 2023 No hay comentarios

Martes 18-04-23
Fuente tn.com.ar

Es obligatoria la contratación de un seguro para poder circular con cualquier tipo de rodado

Como lo indica la Ley N° 24.449, Ley de Tránsito en nuestro país es obligatoria la contratación de un seguro para poder circular con cualquier tipo de rodado: auto, acoplado o semi-acoplado.

Sin embargo, ese seguro que exige la normativa, conocido como seguro de responsabilidad civil, no es el único tipo que hay disponible. Por lo tanto, es importante conocer todos los tipos de existentes para decidir cuál es el que más conviene en casa caso.

Las compañías aseguradoras tienen por regla general cuatro tipos de seguro que ofrecen para automotores. Se clasifican según los daños que cubren y están divididos en A, B, C y “Todo riesgo”.

Clasificación de los tipos de seguro

Seguro tipo A: seguro de responsabilidad civil. Es el tipo que requiere la ley de tránsito para circular, es la base de todos los seguros. Cubre los daños provocados a terceros y/o sus cosas en accidentes de tránsito. Pero no tiene efecto para el auto del asegurado, es decir, para tu auto no ofrece ningún tipo de cobertura. Obviamente, este seguro no es el ideal, y mucho menos si dependemos de nuestro vehículo para trabajar o realizar tareas importantes. Pero hay que destacar que al ser el básico, es el más económico. Todas las demás coberturas incluyen la responsabilidad civil.

Seguro tipo B: daños a terceros + pérdida total. Este tipo de seguro ampara la pérdida total del vehículo, sea por robo, incendio o destrucción total por accidente. Esto quiere decir que no tendremos cobertura en caso de daños, incendio o robo cuando estos sean parciales. Se trata de una opción que se destaca por ser relativamente económica y salvarnos en situaciones extremas.

Seguro tipo C: daños a terceros + pérdida total o parcial. En este tipo de seguro, se le agrega la cobertura de daños parciales por incendio o de robos parciales. Puede incluir beneficios adicionales tales como, daños a cristales, a cerradura, daños por granizo, etc. Es una opción intermedia y protege contra los riesgos más comunes a los que está expuesto el vehículo.

Seguro tipo D: todo riesgo. El famoso “seguro contra todo riesgo” tiene la ventaja de amparar todo tipo de daños que sufra nuestro auto en caso de choque o accidente, ya sea total o parcialmente. Puede contratarse con distintos tipos de franquicias (monto dinero que el asegurado debe asumir por cuenta propia para cubrir el costo de los daños generados por un siniestro, según el contrato pactado previamente con la compañía aseguradora). Si bien es el tipo más costoso, hay que aclarar que es el formato que mejor cobertura provee y con el que podemos manejarnos mucho más tranquilos.

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